Muchos de nuestros clientes o personas interesadas en nuestros servicios nos hacen ciertas preguntas con frecuentia. ¡Aquí le damos respuesta inmediata!
Las operaciones intracomunitarias están exentas de IVA entre empresas registradas en el VIES, pero deben declararse en los modelos fiscales correspondientes.
Debes comunicar el cambio de domicilio a Hacienda y la Seguridad Social. El cambio puede afectar a la tributación en algunas comunidades autónomas.
Puedes reducir tu carga fiscal deduciendo gastos relacionados con tu actividad (transporte, suministros, formación) y mediante una planificación fiscal adecuada.
Los autónomos deben presentar trimestralmente el IVA (modelo 303), el IRPF (modelo 130) y anualmente la declaración de la renta. También deben llevar un registro de sus facturas y gastos.
Los impuestos trimestrales deben presentarse en los primeros 20 días de abril, julio y octubre, y en los primeros 30 días de enero para el cuarto trimestre.
Es recomendable contratar una asesoría fiscal cuando gestionas un negocio, trabajas como autónomo o si tienes inversiones que requieren optimizar impuestos y evitar sanciones.
No es obligatorio, pero es altamente recomendable, ya que garantiza el cumplimiento legal, reduce el riesgo de sanciones y optimiza la gestión fiscal y laboral.
Debes presentar tus datos personales, certificados de ingresos, retenciones, hipoteca, alquileres, donaciones, planes de pensiones, y otros documentos relacionados con deducciones.
El recargo de equivalencia es un régimen especial del IVA que afecta a los minoristas. Las empresas proveedoras lo aplican directamente en sus facturas, evitando que los minoristas presenten declaraciones de IVA.
La presentación fuera de plazo puede conllevar sanciones, recargos e intereses de demora. Cuanto más tarde se presente, mayores serán las penalizaciones.
La asesoría contable se encarga de la gestión de libros contables, la elaboración de balances, cuentas anuales, y del cumplimiento de obligaciones fiscales.